El trabajador cuenta con un período o plazo de 3 abriles para demandar al empleador. Este plazo empieza a contarse desde la terminación del contrato de trabajo, o desde la causación del derecho que se reclama. En primer lugar, es preciso mencionar que en la Hoy la radicación de las https://deanhmtyb.acidblog.net/66784885/la-mejor-parte-de-demanda-laboral-ordinaria-de-primera-instancia